Herencias y sucesionesLegítimaValoración de Bienes Inmuebles para calcular la Legítima

21 de abril de 2022

Uno de los principales puntos de desacuerdo a la hora de calcular las legítimas, es la valoración de los bienes inmuebles; no siempre hay que dar por válida la valoración que consta en la escritura de aceptación de herencia.

¿Cómo se valoran los bienes inmuebles de la herencia para calcular la legítima?

Como se valoran un inmueble en Cataluña, por bienes inmuebles entendemos casas, garajes, solares, terrenos rústicos… Según la normativa vigente, todos los inmuebles deberán valorarse por su valor real en la fecha de la defunción. El problema es que la referencia al valor real es subjetiva.

Valoración de inmuebles para calcular la legítima

Según el Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas, los inmuebles se valorarán por el mayor de los siguientes tres valores:

  1. El calculado por la  Administración a efectos de otros impuestos.
  2. El valor catastral que figura en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  3. El precio o valor de adquisición de la escritura de compra, herencia o donación.

Los inmuebles en construcción se valorarán por el importe total de la inversión que se lleve efectuada.

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Antes de comenzar con la tramitación de su herencia, nuestro despacho de abogados se encarga de hacer un estudio fiscal de la herencia donde se valora el patrimonio, sus derechos y obligaciones, así como la mejor forma de reparto. Una vez los herederos conozcan las distintas opciones y la cantidad exacta que le corresponde libre de obligaciones o neto, nos encargaremos de todas las gestiones.

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