Sentencias de Divorcio
Las sentencias de divorcio no son estáticas para siempre. Se podrán modificar siempre y cuando las partes lo crean conveniente, o cuando una de ellas así lo estime necesario.
Para ello, se deberá llevar a cabo un procedimiento de modificación de medidas. No obstante, para el caso que una de las partes quiera modificar la Sentencia y la otra no, podrá hacerlo a través de la presentación de una demanda contra el otro.
Para que la modificación surta sus efectos, se deberá acreditar que existe un cambio sustancial; que el cambio sea además objetivo en la situación de hecho; que la alteración sea posterior a la Sentencia o convenio; que el cambio sea esencial; que sea permanente e imprevisible, y que haya sido causado por hechos ajenos a quien propugna la modificación.
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