Sin categoríaTestamento Ológrafo

25 de marzo de 2020

[vc_row css_animation=”” row_type=”row” use_row_as_full_screen_section=”no” type=”full_width” angled_section=”no” text_align=”left” background_image_as_pattern=”without_pattern”][vc_column][vc_column_text]En el momento de decidir otorgar o cambiar el testamento, lo primero que pensamos es en solicitar el correspondiente asesoramiento jurídico, y proceder a la firma del testamento ante el Notario de nuestra elección. Este modo de proceder es el más común. Pero nuestro ordenamiento jurídico prevé otras formas de poder otorgar testamento, siendo el que se denomina testamento Ológrafo el objeto del presente artículo.

¿Qué es un testamento Ológrafo?

Ológrafo significa “escrito de manera autógrafa”, es decir, que el testador escribe de su propio puño y letra. Esta modalidad de testamento está regulada en el artículo 412-17 del Código Civil de Cataluña, y para que sea válido, debe reunir los siguientes requisitos:

  • El testador tiene que ser mayor de edad o menor emancipado.
  • Tiene que estar escrito y firmado de manera autógrafa por el testador.
  • Debe indicar el lugar y fecha del otorgamiento.
  • Si contiene palabras ralladas, corregidas, añadidas o entre líneas, el otorgante tiene que salvarlas con su firma.

Estos son los requisitos que tiene que cumplir un testamento Ológrafo para ser válido.

Otra cuestión, es el procedimiento que se tiene que llevar a cabo en el momento en que se produzca la defunción del testador.

A partir de éste momento, debe procederse a lo que se denomina “adveración” del testamento

Es decir, declarar la autenticidad del mismo. Hay un plazo máximo de cuatro años para realizarlo.

El testamento Ológrafo tiene que presentarse ante el Notario, el cual verificará su autenticidad y procederá a su protocolización, y en caso de duda sobre la veracidad, podrá solicitar diferentes pruebas como la caligráfica.

Una vez el testamento Ológrafo haya sido adverado y protocolizado, se podrá tramitar la aceptación de la herencia sin que haya ninguna diferencia con un testamento notarial.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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